Rodrigo Paz contra el boliviano: la dolarización de tarifas eléctricas en Bolivia traslada la crisis al ciudadano
23 de octubre de 2026
La dolarización de tarifas eléctricas en Bolivia se consumó formalmente por vía administrativa mediante los decretos supremos 5750 y 5652, disposiciones que trasladan el impacto de la devaluación y la inflación directamente a la factura de los hogares y al surtidor de combustible. La medida, adoptada en el marco de las condicionalidades financieras pactadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI) a cambio de un crédito de 1.900 millones de dólares, quiebra el principio de accesibilidad económica de los servicios básicos consagrado en la Constitución Política del Estado (CPE) y prepara un escenario de encarecimiento acumulativo que detonará con mayor crudeza a inicios de 2027.
Desglose de las fórmulas: el artificio técnico que indexa la energía
HERRAMIENTA PEDAGÓGICA // DECRETO SUPREMO 5750
Simulador Ciudadano: ¿Cómo se calcula tu factura de luz ahora?
Descubre cómo el gobierno de Rodrigo Paz indexó la electricidad al dólar y a la inflación. Ingresa el monto que pagas habitualmente y observa el cálculo paso a paso.
Porción A: El pedazo en Dólares (55%)Cubre turbinas, cables importados y el gas natural de las termoeléctricas. Si el tipo de cambio oficial sube, esta mitad de tu factura sube en la misma proporción.
Porción B: El pedazo en Inflación (45%)Cubre salarios, administración y mantenimiento local medido por el IPC del INE. Si la comida y el costo de vida suben, esta otra mitad también se encarece.
1. Ingresa los datos de tu factura y el escenario económico:
2. Resultado de la fórmula aplicada a tu consumo:
3. La fórmula matemática desglosada con tus números:
La fórmula establecida en el artículo 21 del decreto es:
Paso 2: Se calcula el golpe de la inflación: (0,45 * 115 / 100) = 0,5175
Paso 3: Se suman ambos factores: 0,8187 + 0,5175 = 1,3362 de multiplicación total.
Paso 4: Tu factura original de 150,00 Bs se multiplica por 1,3362, resultando en 200,43 Bs.
4. ¿Cómo golpea esta fórmula a diferentes familias y negocios?
| Usuario Típico | Consumo Habitual | Factura Congelada | Con Dólar a 10,40 Bs | Efecto Social |
|---|---|---|---|---|
| Hogar modesto | Focos y refrigerador | 70 Bs | 100,75 Bs | Menos dinero para comida |
| Familia de clase media | Ducha eléctrica y televisor | 220 Bs | 316,65 Bs | Golpe al ingreso mensual |
| Tienda de barrio / Panadería | Congeladoras y amasadoras | 850 Bs | 1.223,40 Bs | Sube el pan y los refrescos |
| Pequeño taller textil | Motores y maquinaria | 1.800 Bs | 2.590,70 Bs | Riesgo de cierre de fuentes laborales |
Bajo un complejo ropaje de expresiones algebraicas, el Decreto Supremo 5750 modificó los artículos 21, 34, 35 y 55 del Reglamento de Precios y Tarifas de la Ley de Electricidad. El núcleo de la reforma radica en atar los Precios de Nodo de potencia, energía y peajes de transmisión al comportamiento de dos variables externas: el tipo de cambio oficial del dólar publicado por el Banco Central de Bolivia (BCB) y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
En términos sencillos, la fórmula descompone la tarifa en dos partes:
- La porción de costo de inversión y reposición de equipos electromecánicos importados, indexada mensualmente a la variación de la divisa norteamericana.
- La porción operativa y administrativa local, indexada directamente al encarecimiento del costo de vida.
De manera paralela, el Decreto Supremo 5652 intervino el mercado de los hidrocarburos estableciendo que el precio en moneda nacional de los derivados del petróleo se calculará multiplicando el precio internacional en dólares por el promedio mensual del tipo de cambio oficial y un denominado Factor de Ajuste. Para el periodo de doce meses, dicho factor se fijó en la división de 10,4003 entre el tipo de cambio oficial. Mediante este mecanismo aritmético, el Ejecutivo aplicó una devaluación implícita en la estructura de costos energéticos, eliminó la subvención a la Gasolina Premium, fijó un incremento para el Gas Natural Vehicular (GNV) en 2,73 bolivianos por metro cúbico y abrió la comercialización del diésel industrial a precios de paridad internacional que rondan los 18 bolivianos por litro.
El encadenamiento de precios: cómo los hidrocarburos disparan la luz
Ambas normas no funcionan como compartimentos aislados, sino que operan como un engranaje de transmisión inflacionaria en cadena. En el sistema energético boliviano, más del 65% de la electricidad se genera en centrales termoeléctricas que consumen gas natural y combustibles líquidos.
Al encarecerse el insumo base mediante el Decreto 5652, el valor de referencia del combustible dentro del Decreto 5750 se eleva de forma inmediata. Esto incrementa el costo unitario por cada kilovatio hora producido. A ello se suma la actualización de los peajes de transmisión y de las tarifas base de distribución a cargo de las cooperativas y empresas eléctricas, las cuales trasladan al consumidor final el mayor costo de transformadores, postes y cables valorados en moneda extranjera.
El resultado es un circuito cerrado de retroalimentación de precios: la depreciación del signo monetario encarece el combustible y la energía, este encarecimiento empuja al alza el IPC general y la fórmula vuelve a elevar las tarifas de electricidad al mes siguiente.
Choque constitucional y vulneración del bloque de derechos humanos
La aplicación de estos decretos quiebra el marco garantista de la Constitución Política del Estado. El artículo 20 de la ley fundamental proclama que toda persona tiene derecho universal y equitativo a los servicios básicos de electricidad y gas domiciliario, estipulando que su acceso debe regirse por criterios de responsabilidad, accesibilidad económica y continuidad, con tarifas necesariamente equitativas.
Asimismo, el artículo 378 define a la energía como un recurso estratégico cuyo acceso constituye un derecho fundamental, mientras que el artículo 360 encomienda al Estado conducir la política hidrocarburífera en resguardo de la soberanía y el desarrollo social. Al desregular administrativamente los componentes tarifarios y descargar el riesgo cambiario sobre la economía doméstica, el Ejecutivo renuncia al mandato tuitivo del Estado, transformando un derecho humano en un bien indexado a los vaivenes financieros.
En el plano del derecho internacional, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ratificado por el país, consagra en su artículo 11 el derecho a un nivel de vida adecuado y el principio de no regresividad. Si los hogares de menores ingresos deben destinar una proporción cada vez más asfixiante de sus salarios al pago de la luz y el transporte, el Estado incurre en una medida regresiva indirecta que termina sacrificando la alimentación y la salud familiar. La medida resulta desproporcionada, pues resolvió el déficit cuasifiscal de las empresas estatales transfiriendo el 100% del costo del ajuste al ciudadano común, sin contemplar fondos solidarios de compensación.
Adicionalmente, se lesiona el principio de legalidad presupuestaria. La Disposición Adicional Quinta del Decreto 5652 autoriza al Ministerio de Economía a transferir de manera discrecional hasta 1.000 millones de bolivianos a favor de YPFB para cubrir costos de importación, facultando además a asignar cualquier otro monto diferente sin pasar por la aprobación previa de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La bomba de tiempo de 2027: vencimiento de los plazos transitorios
El diseño de ambos decretos contiene los detonantes de una crisis socioeconómica de mayor envergadura concentrada para enero de 2027. Las disposiciones gubernamentales crearon un periodo transitorio de doce meses de gracia que maquilla temporalmente la magnitud del impacto:
- En combustibles, el Decreto 5652 amortigua artificialmente el salto cambiario durante el segundo semestre de 2026 mediante el fondo extraordinario de 1.000 millones de bolivianos entregado a YPFB.
- En GNV, la tarifa de 2,73 bolivianos por metro cúbico rige solo como un tope transitorio que expira al cumplirse el año de vigencia.
- En electricidad, las fórmulas del Decreto 5750 operan con ponderadores transitorios mientras el Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC) concluye los nuevos estudios tarifarios integrales.
Hacia enero de 2027, estos colchones temporales vencerán de forma simultánea, coincidiendo con el cronograma del programa de Facilidad de Servicio Ampliado (SAF) pactado con el FMI para el retiro total de las subvenciones. Al liberarse plenamente el precio del gas en boca de pozo para generación eléctrica y eliminarse los techos al GNV y al diésel, el país afrontará un shock tarifario sincronizado.
El impacto en la canasta básica será inevitable: el transporte pesado trasladará el alza de los carburantes al flete de los alimentos, las industrias pasteurizadoras y molineras aumentarán los precios de la leche y la harina ante el encarecimiento de la energía industrial, y el transporte urbano de trufis y micros presionará por duplicar los pasajes ciudadanos ante el nuevo valor comercial del gas vehicular.
El retorno del FMI: historia de crisis impuestas y la prosperidad sin deuda
La imposición de este esquema de ajuste tarifario corona el viraje político del presidente Rodrigo Paz. Durante la campaña electoral de 2025, el mandatario aseguró públicamente que jamás acudiría a solicitar préstamos al FMI y descalificó a economistas como José Luis Lupo, a quien acusaba de ser un experto en endeudamiento. Sin embargo, al asumir el mando, Paz nombró a Lupo como ministro de la Presidencia y remitió al parlamento el proyecto de ley para autorizar el crédito por 1.369 millones de Derechos Especiales de Giro (DEG), equivalentes a unos 1.900 millones de dólares, formalizado posteriormente mediante la Ley 1765.

REGISTRO MULTILATERAL // MEMORIA ECONÓMICA
Historial Completo: Los 21 Acuerdos de Bolivia con el FMI (1958 a 2026)
De la subordinación monetaria del siglo XX a los catorce años de auge sin deuda externa, hasta el reendeudamiento actual de 1.900 millones de dólares bajo la Ley 1765.
TUTELA DEL FMI (1958 A 2003)20 Acuerdos de AjusteDolarización del 95% de depósitos bancarios y déficit crónico.
AUGE SIN EL FMI (2006 A 2020)14 Años de Deuda CeroPIB creció 78%, pobreza extrema bajó a 17,1% y reservas al 45% del PIB.
RETORNO ACTUAL (LEY 1765)$us 1.900 Millones (2026)Ajuste fiscal del 8,5% del PIB y tarifas indexadas al dólar.
| N.º | Tipo de Programa / Acuerdo | Fecha Aprobación | Monto Autorizado | Impacto en Soberanía | Detalle |
|---|---|---|---|---|---|
| #1 | Stand By Arrangement (SBA)INICIO DE CONDICIONALIDAD | 1 de mayo de 1958 | 7,50 M DEG~ $us 7,5 Millones | Primer convenio formal suscrito por Bolivia con el FMI tras la promulgación del Plan Eder de estabilización monetaria. | |
| #2 | Stand By Arrangement (SBA)AUXILIO TRANSITORIO | 26 de mayo de 1959 | 1,50 M DEG~ $us 1,5 Millones | Línea de auxilio de corto plazo para contener la fuga de divisas y sostener las reservas del Banco Central. | |
| #3 | Stand By Arrangement (SBA)RIGIDEZ CAMBIARIA | 22 de julio de 1960 | 3,50 M DEG~ $us 3,5 Millones | Nuevo desembolso destinado a respaldar la política de tipo de cambio único durante el retorno de Paz Estenssoro al poder. | |
| #4 | Stand By Arrangement (SBA)CRÉDITO VINCULADO | 16 de julio de 1961 | 7,50 M DEG~ $us 7,5 Millones | Ampliación de recursos articulada con los programas de asistencia económica de la Alianza para el Progreso de EEUU. | |
| #5 | Stand By Arrangement (SBA)DICTADURA MILITAR | 20 de septiembre de 1965 | 14,00 M DEG~ $us 14,0 Millones | Respaldo financiero de Washington a la Junta Militar que derrocó al orden constitucional en 1964. | |
| #6 | Stand By Arrangement (SBA)CONTINUIDAD CASTRENSE | 19 de septiembre de 1966 | 18,00 M DEG~ $us 18,0 Millones | Línea crediticia aprobada para apuntalar el gobierno constitucionalizado de Barrientos tras comicios cuestionados. | |
| #7 | Stand By Arrangement (SBA)AÑO DE LA GUERRILLA | 21 de septiembre de 1967 | 13,00 M DEG~ $us 13,0 Millones | Financiamiento acordado en pleno despliegue de las operaciones militares contra la guerrilla de Ñancahuazú. | |
| #8 | Stand By Arrangement (SBA)PREVIO A NACIONALIZACIÓN | 1 de enero de 1969 | 12,00 M DEG~ $us 12,0 Millones | Renovación automática del acuerdo Stand By meses antes de la muerte trágica del mandatario y la llegada del general Alfredo Ovando. | |
| #9 | Stand By Arrangement (SBA)TENSIÓN POR LA GULF | 11 de enero de 1970 | 14,00 M DEG~ $us 14,0 Millones | Tratativas de emergencia ante la asfixia crediticia internacional provocada por la nacionalización de la Gulf Oil. | |
| #10 | Stand By Arrangement (SBA)BOICOT FINANCIERO | 29 de enero de 1971 | 14,00 M DEG~ $us 14,0 Millones | Línea aprobada de forma restrictiva durante el gobierno popular y nacionalista del general Juan José Torres. | |
| #11 | Stand By Arrangement (SBA)PREMIO A LA DICTADURA | 11 de enero de 1973 | 27,30 M DEG~ $us 33,0 Millones | El mayor acuerdo crediticio de la época para premiar la instalación de la dictadura del Plan Cóndor. | |
| #12 | Stand By Arrangement (SBA)DECRETO 21060 | 18 de junio de 1986 | 50,00 M DEG~ $us 58,0 Millones | Crédito que selló el programa neoliberal tras la hiperinflación y el despido masivo de veintisiete mil mineros. | |
| #13 | Structural Adjustment Facility (SAF)AJUSTE ESTRUCTURAL | 15 de diciembre de 1986 | 42,63 M DEG~ $us 50,0 Millones | Inauguración de las facilidades de ajuste estructural con condicionalidades microeconómicas y tributarias. | |
| #14 | Enhanced Structural Adjustment (ESAF)CONDICIONALIDAD TOTAL | 27 de julio de 1988 | 136,05 M DEG~ $us 178,0 Millones | Programa trienal reforzado que impuso la liquidación de empresas públicas y la reducción del aparato estatal. | |
| #15 | Enhanced Structural Adjustment (ESAF)CAPITALIZACIÓN | 19 de diciembre de 1994 | 100,96 M DEG~ $us 147,0 Millones | Préstamo de acompañamiento para la entrega del 50% del paquete accionario de las empresas estratégicas estatales. | |
| #16 | Poverty Reduction & Growth (PRGF)PLAN COCA CERO | 18 de septiembre de 1998 | 100,96 M DEG~ $us 135,0 Millones | Crédito condicionado al plan de erradicación forzosa en el Chapare y a reformas del sistema regulatorio SIRESE. | |
| #17 | Stand By Arrangement (SBA)OCTUBRE NEGRO | 2 de abril de 2003 | 85,75 M DEG~ $us 118,0 Millones | Último acuerdo Stand By que exigió la creación del impuesto al salario (impuestazo) para cerrar el déficit fiscal. | |
| #18 | Fondo Fiduciario (Trust Fund)FONDO DE CONTENCIÓN | Década de 1980 | Soporte BalanzaVariable | Instrumento complementario para amortiguar desbalances comerciales por caída de cotizaciones internacionales de minerales. | |
| #19 | Línea de Crédito Compensatoria (CCFF)COMPENSACIÓN EXTERNA | Histórico Exportaciones | Línea FlexibleVariable | Mecanismo para compensar pérdidas súbitas en los ingresos de exportación de estaño e hidrocarburos. | |
| #20 | Instrumento de Financiamiento Rápido (RFI)DEVUELTO ÍNTEGRO | 17 de abril de 2020 | 240,10 M DEG$us 327,2 Millones | Crédito de emergencia contratado sin aval del Congreso durante la pandemia del COVID 19. | |
| #21 | Servicio Ampliado del FMI (SAF)AJUSTE DEL 8,5% DEL PIB | 29 de julio de 2026 | 1.369,00 M DEG~ $us 1.900 Millones | Vigente por Ley 1765. El mayor crédito en la historia de Bolivia, a 36 meses, pactando el retiro total de subsidios a carburantes y luz. |
La memoria histórica demuestra que el FMI jamás significó estabilidad para Bolivia, habiendo estado presente de manera sistemática en los periodos de mayor empobrecimiento y conflictividad. Desde el primer acuerdo Stand By en mayo de 1958 hasta el programa de 2003, el país encadenó 20 acuerdos de ajuste estructural que desmantelaron el aparato estatal, dolarizaron la economía (hacia el año 2000, el 95% de los depósitos bancarios estaba en dólares) y dispararon la exclusión social sin resolver el déficit fiscal.
Cuándo hubo bienestar
Por el contrario, el periodo de mayor bienestar, expansión del Producto Interno Bruto y soberanía nacional coincidió con los 14 años en los que Bolivia mantuvo deuda cero con el FMI, entre 2006 y 2020, tras la condonación multilateral lograda por las movilizaciones ciudadanas del Jubileo 2000. Durante ese ciclo libre de recetas foráneas, documentado en investigaciones económicas independientes:
- El PIB real creció un 78% a precios constantes, situando a Bolivia como la segunda economía de mayor dinamismo en Sudamérica con un promedio anual del 4,9%.
- La inversión pública saltó de 629 millones de dólares en 2006 a más de 5.065 millones en 2016, alcanzando un histórico 12,6% respecto al PIB.
- Se consolidó la bolivianización financiera, logrando que el 97% de los créditos y el 84% de los depósitos bancarios se pactaran en moneda nacional.
- Las Reservas Internacionales Netas treparon al récord del 45% del PIB en 2014, amortiguando cualquier shock externo sin necesidad de endeudamiento condicionado.
- La pobreza extrema cayó de forma inédita del 45,2% al 17,1%, permitiendo que más de tres millones de personas ascendieran a la clase media y reduciendo la desigualdad entre ricos y pobres de 128 a 46 veces.
La reanudación del ciclo de endeudamiento a través de la Ley 1765 reactiva las recetas tradicionales del organismo financiero internacional: un ajuste fiscal equivalente al 8,5% del PIB, desregulación de tasas de interés y eliminación de subsidios populares. Las empresas distribuidoras y generadoras protegen su rentabilidad en moneda extranjera, mientras el costo del equilibrio macroeconómico se descarga sobre los sectores informales, familias trabajadoras y pequeños talleres artesanales que perciben ingresos fijos en moneda nacional.
Roberto A. Barriga



