Recordemos que la servidumbre es el sometimiento de la voluntad del trabajador, en condición o condiciones en las cuales el ejercicio de un trabajo no depende de la libre voluntad, sino de imposiciones externas y sin condiciones laborales dignas, situación que se naturalizó en los guaraníes.
En un trabajo conjunto con diferentes carteras estatales, en visitas a la hacienda de más de 2.000 hectáreas, se evidenció que está forma de sometimiento impidió el acceso y goce de los derechos fundamentales de mujeres, niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y otros miembros de las familias guaraníes de esta hacienda a tener una vida digna.
El cuestionamiento surge: Sí, se evidenciaron estás vulneraciones, se documentaron… pero ahora qué.
Se elaboró el informe defensorial Persistencia de relaciones de servidumbre o empatronamiento en el Chaco cruceño: el caso de familias guaraníes empatronadas en el predio agropecuario ‘La Tunita’, como instrumento de denuncia, mismo que permitió emitir recomendaciones al Estado para que se prioricen acciones urgentes para que las familias guaraníes puedan acceder a la alimentación, salud, educación y vivienda, como derechos de atención prioritaria. Las recomendaciones apuntan al Ministerio de Trabajo, al Instituto Nacional de Reforma Agraria, al Ministerio de Justicia y al Gobierno Autónomo Indígena Originario de Kereimba Iyaambae.
No se puede admitir que estas condiciones de explotación y sobreexplotación laboral continúen en nuestro país y con este informe dejamos como precedente para que estas condiciones de vida sean erradicadas y denunciadas para que nunca más ni una familia boliviana, indígena, campesina, originaria sea sometida a las condiciones de trabajo mencionadas y que el Estado haga vigilancia permanente para garantizar el goce de los derechos de las y los bolivianos en todo el territorio nacional.
Pedro Callisaya Aro – Defensor del Pueblo