DENUNCIA DE PROSCRIPCIÓN
Los “magistrados” del TCP modifican el Art. 168 de la CPE sin tener competencia.

15 de mayo de 2025
El expresidente Evo Morales se manifiesta mediante un Comunicado en sus redes sociales, sobre el más reciente fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Sentencia Constitucional 0007/2025.
DENUNCIA DE PROSCRIPCIÓN
Al pueblo boliviano y el mundo:
Desde hace mucho tiempo soy víctima de un Plan Cóndor Judicial. Se me acusa de todo. Soy condenado por la prensa y la justicia sin derecho al Debido Proceso o Presunción de Inocencia. De todo me culpan. Los insultos de odio y racismo son constantes. Buscan proscribir al movimiento indígena y popular. Volvieron los tiempos coloniales cuando las élites tenían el derecho exclusivo de participar en procesos electorales, excluyendo a las mayorías originarias.
El gobierno no respeta la independencia de los administradores de justicia. Llegó a la vergonzosa intromisión del ministro de Justicia en una Sala Plena o la escandalosa presión en la redacción de sentencias. Los pocos jueces decentes son perseguidos y encarcelados.
Denuncio al mundo que magistrados de facto del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) -que terminaron su mandato el 31 de diciembre de 2023- emitieron una sentencia que modifica el Art. 168 de la Constitución Política del Estado con el fin de proscribirme e impedir mi candidatura presidencial para las elecciones generales a realizarse el próximo 17 de agosto.
Los “magistrados” del TCP modifican el Art. 168 de la CPE sin tener competencia. Esa facultad corresponde, exclusivamente, al Órgano Legislativo.
En Bolivia la Constitución solo puede ser modificada por una Asamblea Constituyente o por un Referendo convocado con una ley aprobada por senadores y diputados.
Los jueces usurpadores se atribuyen un mandato que la Constitución no les confiere. Y eso es cometer un delito infraganti contra la Carta Magna.
El Art.122 de la CPE, señala: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”.
El TCP también viola la Ley de Régimen Electoral de Bolivia (Ley 026 del 30 de junio de 2010) porque asume determinaciones que, según la Constitución, solo corresponde al Tribunal Supremo Electoral (TSE) referido a organizaciones políticas y la habilitación o inhabilitación de candidaturas.
Pese a la brutal guerra judicial, política y electoral que busca acabar contra mi persona, seguiré resistiendo, con la fuerza del pueblo y manteniendo la esperanza de que algún día llegue una justicia imparcial y despojada del odio y racismo contra los pueblos indígenas que ya sufrimos en tiempos de la Colonia, la República, las dictaduras militares y el neoliberalismo.
Lauca Eñe, 25 de mayo del 2025
Evo Morales Ayma
Varias organizaciones sociales rechazaron la sentencia del TCP, también su equipó jurídico del expresidente.
El expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé se pronunció, reiterando que el expresidente Evo Morales no se encuentra inhabilitado como candidato mientras el Órgano Electoral no se pronuncie de forma clara y debidamente fundamentada. Rodríguez Veltzé subrayó que, en un Estado de derecho, las decisiones sobre derechos políticos deben ceñirse estrictamente a procedimientos legales y garantías constitucionales, advirtiendo que cualquier medida arbitraria podría poner en riesgo el respeto a los derechos humanos y políticos fundamentales. “𝗘𝗹 Ó𝗿𝗴𝗮𝗻𝗼 𝗘𝗹𝗲𝗰𝘁𝗼𝗿𝗮𝗹 𝗲𝘀 𝗲𝗹 ú𝗻𝗶𝗰𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗻𝘂𝗻𝗰𝗶𝗮𝗿𝘀𝗲 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗰𝘂𝗮𝗹𝗾𝘂𝗶𝗲𝗿 𝗰𝗮𝗻𝗱𝗶𝗱𝗮𝘁𝘂𝗿𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝗲𝗹𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀. 𝗲𝗹 𝗧𝗖𝗣 𝗻𝗼 𝗾𝘂𝗶𝘁𝗮 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼𝘀”.
La caravana denominada «para Salvar Bolivia por segundas vez», en defensa de la vida, economía y democracia, partió hoy desde el trópico de Cochabamba -Parotani. rumbo a la sede de gobierno, un fuerte contingente policial fue desplazado por toda el área de la marcha.